Según el artículo 3 de la ley 1562 de 2012, un accidente laboral es “todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, invalidez o la muerte”.
Por tanto, en Aliviamos todo empleado debe reportar cualquier accidente que se presente durante la atención de usuarios o durante la jornada laboral administrativa y que cumpla con los criterios establecidos por la norma citada anteriormente.
Prestadores de servicio y profesionales adscritos también deberán informar cualquier novedad relacionada.
Es importante tener en cuenta que NO es un accidente laboral cuando el evento ocurre:

Aliviamos IPS – Habilitados por la Secretaría de Salud en Bogotá y Cundinamarca. Ver registro oficial en REPS.
Carrera 48 No. 101A-09 Barrio Pasadena, Bogotá, Colombia.
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